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Ley 25.753 (Modificación de la Ley 20.655)
deberán llevar en la indumentaria
deportiva de su equipo la divisa patria. Modificación de la Ley Nº 20.655.
Sancionada: Julio 16 de 2003.
Promulgada: Agosto 7 de 2003. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con
fuerza de Ley: ARTICULO 1º —
Modifícase el inciso g) del artículo 3º Capítulo I, de la Ley Nº 20.655, el que quedará redactado de la siguiente forma:
quienes
deberán llevar en la indumentaria deportiva de su equipo la divisa patria. ARTICULO 2º —
El Poder Ejecutivo nacional, al momento de la entrada en vigencia de la presente ley, deberá dictar
normas
reglamentarias considerando los compromisos adquiridos con las distintas
instituciones deportivas. ARTICULO 3º —
Comuníquese al
Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRES.
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