Principal

Historia

Principios

Estatutos

Comisión Directiva

Socios

Legislación

Que hacemos

Capacitación

Congresos

Laboral

Comentarios / Opiniones

Explicativos

Historia de un club

Contáctenos

 

 

 

3 de Diciembre de 2009

Nueva ley provincial sobre el derecho de admisión

 

Los jueces y los clubes podrán utilizar el derecho de admisión a
los estadios, según una ley sancionada el jueves por el Senado
provincial.  Adhesión al Registro Nacional de Infractores a la
Ley del Deporte.

 

La provincia de Santa Fe actualizó su legislación en materia de prevención de la
violencia en los espectáculos de fútbol y otros deportes. En la última sesión
ordinaria del Senado, por unanimidad, los legisladores dieron sanción definitiva
al proyecto por el cual se incorporan normas de la ley nacional, tanto sea en
aspectos contravencionales como de naturaleza procesal penal.

Ahora, será el Poder Ejecutivo santafesino el que deberá promulgar la ley que,
entre otras cosas, establece que los jueces intervinientes cuando procesan a
alguien que haya cometido algún delito o alguna falta, pueden prohibirle el
ingreso a los estadios, incluso mientras se lleva adelante el proceso judicial.

Además, la norma da la potestad a las autoridades de los clubes para aplicar el
derecho de admisión en las canchas. “Una vez que alguien cometió un delito o
una falta en cualquier estadio, ellos tienen la posibilidad de no permitir el ingreso
a esa persona”, manifestó el autor del proyecto, el titular de la Cámara de
Diputados, Eduardo Di Pollina (PS).

La iniciativa recogió varias de las propuestas que fueron consensuadas en el Comité
Provincial para la Prevención de la Violencia en el Fútbol, que es un ámbito específico
que puso en marcha el actual gobierno del Frente Progresista. Allí trabajan de forma
conjunta autoridades del Poder Ejecutivo, directivos de los clubes, jefes policiales y
funcionarios de los municipios con equipos en las principales divisiones del fútbol
argentino.

En ese sentido, fue con la intervención de la Legislatura que Santa Fe adhirió a las
disposiciones que marca la Ley Federal Nº 26.358. Una de ellas es la creación del
Registro Nacional de Infractores a la Ley del Deporte, normativa que establece cuáles
son las circunstancias en las que una falta puede ser tipificada como ocurrida en
ocasión de espectáculos deportivos y facilita al juez interviniente la posibilidad de
aplicar una cautelar de interdicción (exclusión a los infractores).

Asimismo, los magistrados santafesinos tendrán la posibilidad de incorporar a ese
registro a quienes encuentren culpables de una falta o un delito. Otro elemento
significativo de la adhesión es que se faculta a la policía que al constatar un hecho
–de los tipificados como faltas en espectáculos deportivos–, pueda disponer una
prohibición provisional de concurrencia. Incluso habrá que notificarla en el mismo
acto con la posibilidad de revisión judicial en el plazo estipulado en el propio código
contravencional.

CONTRAVENCIÓN Y DELITOS

El diputado Di Pollina manifestó que “a través del intercambio de ideas entre autoridades
del gobierno provincial, instituciones deportivas, autoridades municipales y previa consulta
a legisladores provinciales y jueces de faltas, se estableció la prioridad de producir una
actualización legislativa que permita adecuar nuestra norma a las últimas modificaciones
aprobadas a nivel nacional” en materia de prevención de violencia en el fútbol.

El dirigente socialista añadió: “El juez interviniente tendrá la posibilidad concreta de
aplicar una medida cautelar o condenatoria de interdicción, definiendo de qué manera
se cumple y disponiendo un radio mayor de cumplimiento que podrá ser de hasta
500 metros a la redonda del estadio, predio o instalaciones en el que se desarrolle
la práctica deportiva”.

—¿Cómo va a operar el Registro Nacional de Infractores a la Ley del Deporte en Santa Fe?

—Por vía reglamentaria se instrumentará el mecanismo de comunicación inmediata al
Registro Nacional de Infractores a la Ley del Deporte en la jurisdicción de la provincia
de Santa Fe.

FALTAS EN ENTRENAMIENTOS

Con respecto a las contravenciones, se hicieron cinco modificaciones al Código de Faltas
de la provincia, siendo una de ellas sancionar a quienes cometan una falta en las prácticas
o en los entrenamientos deportivos, antes, durante y después así como a “hechos
cometidos por aficionados o grupos de ellos en el itinerario seguido hacia el estadio,
dentro de éste, en las inmediaciones o al retirarse”.



Fuente: Notiexpress / Uno

       

 

 

 
 
 

Asociación Rosarina de Entidades Deportivas Amateurs - Suipacha nº 1363  . Tel 4356285.  aredaclubes@arnet.com.ar