| |
|
28 de Noviembre de 2008
Fallo judicial: confirman condena a Boca y AFA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó que deberán indemnizar a
una chica que sufrió graves quemaduras causadas por fuegos artificiales
en un espectáculo.

La sentencia de la Sala M de la Cámara a la que tuvo acceso Infobae.com confirmó
un fallo de primera instancia que había hecho lugar a la demanda entablada
por la madre de la joven, ordenando indemnizarla en la suma de
120.000 pesos más las actualizaciones correspondientes.
La causa se inició a raíz de los daños sufridos por una menor en el marco
de un partido en homenaje a Diego Maradona, realizado en el estadio
del Club Atlético Boca Juniors el 10 de noviembre de 2001 y
organizado por Squadra Representaciones SA, con la conformidad
de la Asociación de Fútbol Argentino.
En esa ocasión, la actora, de 12 años de edad a esa fecha, sufrió
lesiones y quemaduras severas en sus piernas, causadas por los
fuegos artificiales utilizados por los organizadores.
En primera instancia, la jueza Delia Iñigo dictó la condena en base a
jurisprudencia de la Corte Suprema, según la cual "el ciudadano que
accede a un espectáculo deportivo tiene una confianza
fundada en que el organizador se ha ocupado razonablemente
de su seguridad".
Ahora, la Cámara confirmó esa decisión y extendió aún más las responsabilidades.
"Se trata, en síntesis, de un caso de responsabilidad por actividad riesgosa que
es imputable a todos los intervinientes en la organización del espectáculo, en la
medida del provecho obtenido o de su poder de contralor de la actividad y, por
consiguiente, responsables de la seguridad", dice el fallo.
"Por otra parte, aún cuando AFA no recibiera en el caso beneficios
económicos directos, tiene participación en la televisación del
espectáculo y en varios aspectos vinculados al mismo, lo que
también permite calificarla como partícipe a los fines de la solidaridad
que establece la Ley 23.184", advirtió la Cámara de acuerdo a la
jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Por su parte, la AFA, sostuvo, según el fallo, que "como mera organizadora
del espectáculo no asumió una obligación de seguridad y que es
inaplicable el fallo de la Corte Suprema de Justicia en que fundara su decisión
la juez "a quo". El Club Boca Juniors invocó que "como mero cedente de uso y goce
del estadio de fútbol Alberto J. Armando no se convierte en coorganizador del
espectáculo deportivo".
La condena también se hizo extensiva a Squadra Representaciones SA, Cadenaci SA,
en su calidad de tercera citada, y a El Comercio Compañía de Seguros, según surge
del fallo.
De acuerdo a la resolución, de la suma total de 118.000 pesos corresponden:
$16.800 por indemnización del daño físico, $15.000 por reparación del daño
psicológico, $58.000 como resarcimiento del costo de la cirugía estética indicada,
$7.200 para resarcir el tratamiento psicológico, $1.000 como reintegro de gastos
de atención médica y $20.000 en concepto de indemnización del daño moral.
Fuente: Infobae
|
|